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dc.contributor.advisorRomero Mendoza, Joel
dc.contributor.authorManrique Urteaga, Sandra Verónika
dc.date.accessioned2018-01-22T17:34:08Z
dc.date.available2018-01-22T17:34:08Z
dc.date.issued2015
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.14074/1467
dc.description.abstractNuestra investigación toma como base la regulación civil, en el artículo 220º del Código referente, en el cual se establece que “La nulidad a que se refiere el artículo 219 puede ser alegada por quienes tengan interés o por el Ministerio Público (…)” Puede ser declarada de oficio por el juez cuando resulte manifiesta (…) No puede subsanarse por la confirmación”. Por ello buscamos conocer ¿Cuáles son los fundamentos jurídicos que justifican la aplicación del artículo 220º del Código Civil que establece la declaración de oficio de la nulidad manifiesta del acto jurídico en los procesos en los que se discute la administración del patrimonio de la sociedad de gananciales, cuando el demandado ha dispuesto unilateralmente de dicho patrimonio?, así, se busca establecer los criterios a tener en cuenta por parte de los operadores jurídicos, específicamente de los magistrados, a fin de aplicar el referido artículo dentro del proceso incoado por administración del patrimonio de la sociedad de gananciales, cuando exista nulidad manifiesta. En ese tenor, hemos desarrollado una investigación teórica que incluye la revisión de legislación, jurisprudencia y doctrina, y ha requerido del análisis y explicación de las circunstancias bajo las cuales es posible declarar la nulidad del acto jurídico de disposición unilateral del patrimonio conyugal por ser ésta manifiesta; en ese sentido, el alcance final de la investigación es explicativo y los métodos utilizados para llegar a ello han sido el dogmático, hermenéutico, teleológico y exegético.es_PE
dc.description.uriTesises_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Nacional de Cajamarcaes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United States*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/*
dc.sourceUniversidad Nacional de Cajamarcaes_PE
dc.sourceRepositorio Institucional - UNCes_PE
dc.subjectProcesos Relativoses_PE
dc.subjectCódigo Civil Peruanoes_PE
dc.subjectFundamentos jurídicoses_PE
dc.subjectAplicación del Artículo 220es_PE
dc.titleFundamentos jurídicos que justifican la aplicación del Artículo 220º del Código Civil Peruano en los procesos relativos a la administración del patrimonio de la sociedad de ganancialeses_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesises_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional de Cajamarca. Escuela de Posgradoes_PE
thesis.degree.levelMaestriaes_PE
thesis.degree.disciplineDerecho Civil y Comerciales_PE
thesis.degree.nameMaestro en Ciencias. Mención Derecho Civil y Comerciales_PE


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  • Maestrías [1342]
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