Naturaleza jurídica de la contribución de la víctima en los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas, tipificados en el código penal peruano
Resumen
El análisis dogmático de los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas, regulados en los artículos 111 y 124 del código penal peruano, se centra en determinar la concurrencia de los elementos constitutivos de delito en función del esquema tradicional de tipicidad, antijuricidad y culpabilidad de la conducta.
Este análisis, sin embargo, se ha encontrado en la práctica con una circunstancia de especial relevancia, que es ajena a la teoría del delito; la cual está referida a la contribución o aporte de la víctima en la producción del resultado lesivo.
La jurisprudencia y la doctrina han optado por establecer las consecuencias jurídicas que puede acarrear la concurrencia de esta circunstancia en un hecho de homicidio culposo o lesiones culposas, pero han omitido comprender en su estudio la determinación de su naturaleza jurídica en el marco del sistema penal peruano.
Este aspecto es de especial importancia porque una vez determinada la naturaleza jurídica de esta figura, será posible identificar los efectos jurídicos, tanto teóricos como prácticos, que de ella derivan; de una manera idónea y con una adecuada técnica jurídica.
Por ello, la investigación se ha orientado precisamente en determinar en primer lugar, la naturaleza jurídica de la contribución de la víctima en los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas; y en base a ello establecer las consecuencias jurídicas que provoca su concurrencia en un caso concreto.
La hipótesis de trabajo comprende dos supuestos, en primer término, cuando la contribución de la víctima concurre como la principal causa del resultado lesivo, se constituye como una circunstancia que excluye la conducta del tipo objetivo del delito, por lo que configura una causal de atipicidad; y cuando no es la principal causa, pero tiene una influencia real y decisiva en la producción del resultado lesivo, se constituye en un factor que atenúa la responsabilidad penal del agente, por lo que se configura como una causal de disminución de punibilidad.
La hipótesis ha sido demostrada a través de un análisis dogmático que ha permitido establecer que la acción de la víctima es un elemento que, si bien no es parte de la estructura típica de los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas, es una circunstancia externa capaz de influir de manera directa en el resultado típico; constituyendo una causal de atipicidad, en el primer caso, y una causal de disminución de punibilidad en el segundo supuesto. Por último, en base a los principios de legalidad, proporcionalidad y seguridad jurídica se plantea incluir en el código penal peruano, un artículo que regule de manera expresa las consecuencias jurídicas de la contribución de la víctima en la producción del resultado lesivo, permitiendo imponer una pena por debajo del mínimo legal cuando concurre como un factor que atenúa la responsabilidad penal del agente.
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