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dc.contributor.advisorPimentel Tello, María Isabel
dc.contributor.authorHerrera Saldaña, José Alberto
dc.date.accessioned2019-05-29T15:14:55Z
dc.date.available2019-05-29T15:14:55Z
dc.date.issued2019
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.14074/2912
dc.description.abstractPRIMER CASO: Los señores Uver Malca Heranadez y la señora Cynttia Liliana Idrogo Rojas de una parte (arrendador), en la ciudad de Cajamarca el 15 de junio del año 2015 firmaron un contrato de arrendamiento de un bien inmueble para local de negocio stinado al funcionamiento de un hotel, y de la otra parte Marlith Saldaña Gonzales (arrendatario), además participó Manuel Noe Caruajulca Quispe como Garante. El ontrato (pág.17 del expediente) en mención aclara que el bien materia de arrendamiento se encuentra en buen estado de uso y conservación además incluye un inventario de bienes usados por los cuales se firma una letra de cambio como garantía por el importe de S/.50,000.00 (CINCUENTA MIL SOLES). El contrato tiene una vigencia de dos años. En el mes de febrero se da por concluido el contrato de arrendamiento por razones conómicas, a lo que el arrendatario se niega a recibir el local y también a entregar la letra de cambio. Hecho que da origen al presente proceso tal como está acreditado en la constatación fiscal de 21 de marzo del año 2016 (pág. 25 -27 del expediente). SEGUNDO CASO: El señor Roberto Reynerio Torres Rojas ingresa a trabajar el 1 de junio de 1998 en el Proyecto Especial Jequetepeque Zaña – PEJEZA, bajo la modalidad contractual de locación de servicios, teniendo como objeto del contrato laborar como guardián de maquinaria pesada, este trabajo lo desempeñó hasta el mes de febrero del año 2000, para luego ocupar el puesto de chofer y mantenimiento de áreas verdes, ocupación que desempeña hasta el 30 de septiembre del año 2006; desde el primero de octubre del año 2006 hasta el 14 de enero del año 2007 contrató bajo la modalidad de locación de servicios para trabajar como chofer en las obras de emergencia –PEJEZA y desde el 1 de septiembre del año 2007 hasta el 31 de enero del año 2011 también fue contratado para chofer bajo la modalidad contractual de locación de servicios, fecha que renuncia. Según data en la constancia de servicios emitida por la jefatura de unidad de personal del PEJEZA. Folios 99, constancia que se encuentra anexada como medio de prueba al presente proceso materia de análisis.es_PE
dc.description.uriTrabajo de suficiencia profesionales_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Nacional de Cajamarcaes_PE
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United States*
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/*
dc.sourceUniversidad Nacional de Cajamarcaes_PE
dc.sourceRepositorio Institucional - UNCes_PE
dc.subjectObligación de dar suma de dineroes_PE
dc.subjectreconocimiento de vínculo laborales_PE
dc.subjectpago de beneficios socio-laboraleses_PE
dc.titleAnálisis de Expediente Civil N° 00314-2016-0-0601-JR-CI-03 y Análisis del Expediente Laboral N° 2014-011es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/monographes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional de Cajamarca. Facultad de Derecho y Ciencias Políticases_PE
thesis.degree.levelTitulo Profesionales_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE


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