Interferencia de las rondas campesinas en la administración de justicia de la jurisdicción penal ordinaria
Fecha
2021-01-14Autor
Guerrero Céspedes, José Camilo
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A partir de la emisión del Acuerdo Plenario 1-2009/CJ-116 las Rondas Campesinas cuentan con la facultad jurisdiccional para asuntos de su competencia, en reconocimiento de su cualidad como miembros de los pueblos indígenas, manteniendo sus usos y costumbres en la ejecución de tal actividad; bajo este entendido, es intención del presente trabajo dilucidar si existen conflictos de competencias entre la actuación de estas y la justicia ordinaria; para dar cumplimiento a tal intención se ha estructurado una investigación de tipo básica, con alcance correlacional, que hará uso tanto del método deductivo para la revisión sistemática de los reconocimientos normativos que les favorecen y el inductivo para la verificación de su naturaleza y relación con las comunidades campesinas; en este sentido, las técnicas de recojo de datos pasan por la utilización de la observación documental, pero también la observación de la realidad y las entrevistas. El resultado alcanzado ha contrastado la hipótesis en tanto se verifica que las rondas campesinas sobrepasan los límites trazados por el mencionado Acuerdo Plenario e interfieren en la administración de justicia de la jurisdicción penal ordinaria.
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