Derechos fundamentales que sustentan la implementación de la figura de la muerte asistida en la regulación peruana a partir del caso Ana Estrada
Fecha
2024-09-06Autor
Alcalde Martos, Hover Fernando
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A lo largo de la historia, muchas enfermedades terminales no han logrado encontrar su cura por los especialistas en la medicina, siendo por ello, que los pacientes que las padecen piden que sus dolores sean mitigados y al no lograrlo, ven como alternativa a la muerte corporal. Siendo un problema de alcance mundial, muchos países europeos ya regulan la muerte asistida por la petición de la persona enferma, mientras que en Sudamérica solo en Colombia ya se ha resuelto sobre el particular a través de una resolución de su Tribunal Constitucional en la que se aprobó la aplicación de la muerte asistida. En la Constitución peruana se regula el derecho a la vida, la cual el Estado se encarga de proteger y proporcionar los medios necesarios para su conservación desde antes del nacimiento del ser humano, brindándole así los recursos para que nazcan vivos; del mismo modo, se encarga de cuidar la vida de cada persona otorgando el derecho a la salud para que pueda asistirse y recibir un trato adecuado. De otro lado, el derecho a la dignidad, es considerado como el respeto del ser humano en sí mismo, pero exactamente no se puede definir puntualmente este derecho para establecerse de manera clara y precisa. Por ello, cuando a algunos pacientes se diagnostica un daño irreversible, enfermedades con muchos síntomas corporales de dolor, se sienten que han ido perdiendo su dignidad al como parte de su deterioro físico a causa de enfermedades terminales; el hecho de no poder valerse por ellos, el perder independencia les impide seguir con sus planes de vida; lo que los orilla a solicitar dar termino a sus vidas atormentadas por los dolores, lo que en el Perú aún no es posible de manera legal y directa. En este campo, se considera emblemático el caso de la ciudadana peruana Ana Estrada, una psicóloga de 41 años de edad, que fue diagnosticada con una enfermedad degenerativa llamada polimiositis, lo que poco a poco iba generando inmovilidad en todos los músculos de su cuerpo, al punto de perder todo movimiento voluntario, padecimiento que estaba acompañado de dolores intensos; motivo por el cual solicitó al Estado peruano su muerte asistida y digna, y que se respete su decisión. Luego de una larga batalla legal, su caso llegó al Tribunal Constitucional, que en la sentencia emitida en el Exp. 2333-2004 HC/TC, se pronuncia indicando que se puede otorgar la muerte asistida y digna, porque la libertad y la dignidad personal se ven en la Sra. Estrada cada día vulneradas, tanto así como a la persona que padece, estableciendo solo el límite que la muerte asistida no permita un abuso del derecho y del derecho, así como que no se afecten otros derechos. La problemática identificada es recogida en el presente trabajo de investigación, teniendo en cuanta que, si bien el caso de Ana Estrada ha sido resuelto desde la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la muerte asistida digna merece una regulación especial en nuestro país, a fin de que en los casos sucesivos se pueda facultar a los enfermos terminales o con enfermedades degenerativas e irreversibles, la posibilidad de poner fin a sus vidas sin necesidad de recurrir a los tribunales para decidir sobre sus casos.
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- Escuela de Derecho [196]
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