Principios jurídicos que se vulneran al no establecerse un valor monetario mínimo para la configuración del delito de hurto de uso
Fecha
2025-08-12Autor
Lucano Llamoctanta, Rosa Elvira
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La investigación se enmarcó en el análisis crítico del artículo 187 del Código Penal Peruano, específicamente, en relación con el delito de hurto de uso. A pesar de la función que desempeñaba en la protección del patrimonio, se identificó una carencia significativa: la falta de un valor monetario mínimo para la configuración del delito. Este vacío normativo configuraba situaciones desproporcionadas y contradicciones en la aplicación de la ley penal. El problema central residió en la vulneración de principios jurídicos fundamentales al no establecer un umbral económico mínimo para la tipificación del hurto de uso. Se cuestionan los principios de lesividad, proporcionalidad e intervención mínima del Derecho penal en este contexto. La ausencia de criterios respecto al valor del bien sustraído puede resultar en penalizaciones desmesuradas y, a su vez, en la falta de restitución efectiva de los bienes. La metodología de la investigación fue de carácter básico y descriptivo – propositivo. Se buscó complementar el conocimiento doctrinario y jurídico, proponiendo una modificación al artículo 187 del Código Penal. La investigación sustentó en un enfoque cualitativo, basado en la argumentación e interpretación jurídica. Como hipótesis, se planteó que los principios jurídicos vulnerados son lesividad, proporcionalidad e intervención mínima del Derecho Penal. Luego de ello, se formuló una propuesta legislativa para modificar el artículo 187 del Código Penal Peruano
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- Escuela de Derecho [179]
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