El funcionario de hecho en los delitos cometidos por funcionarios públicos en el derecho penal peruano
Resumen
La tesis titulada como: El funcionario de hecho en los delitos cometidos por funcionarios públicos en el derecho penal peruano, se desplegó indagando respecto a cómo la jurisprudencia vigente viene desarrollando su concepto, no obstante la normatividad penal no haber tipificado su definición, remitiéndose a otras áreas del derecho para delimitar dicha conceptualización, situación que resultó de suma preocupación en tanto se advirtió diversidad de criterios en el ámbito más vulnerable del derecho como lo es el penal, en donde se pone en riesgo el derecho fundamental a la libertad de todo individuo y donde es más necesaria la legalidad estricta en la tipificación de conductas a efectos de su salvaguarda. Es en ese sentido que se planteó como objetivo general determinar los efectos jurídicos que acarrea justamente este otorgamiento jurisprudencial de sujeto activo al funcionario de hecho, habiéndose utilizado para ello los métodos: inductivo, analítico, sintético, comparativo, hermenéutico jurídico, dogmático y de argumentación, que conjuntamente con la ejecución de los objetivos específicos, los cuales tuvieron como finalidad: a) analizar la regulación otorgada al funcionario público en la legislación penal peruana, en los delitos cometidos por funcionarios públicos, b) interpretar la condición de sujeto activo otorgada al funcionario de hecho por la doctrina y jurisprudencia penal peruana, y su implicancia en los principios de legalidad, analogía y proscripción de arbitrariedad, c) determinar si las resoluciones emitidas por la jurisprudencia nacional respecto al funcionario de hecho, se encuentran fundadas en derecho, d) analizar el principio de seguridad jurídica, en su manifestación de predictibilidad en las resoluciones judiciales, con relación a los funcionarios de hecho; permitieron llegar a concluir que los efectos jurídicos relevantes de otorgar jurisdiccionalmente la condición de sujeto activo al funcionario de hecho, en los delitos cometidos por funcionarios públicos son: a) Contravención a los principios de legalidad, analogía y proscripción de arbitrariedad, previstos en el programa penal constitucional; b) Vulneración a la tutela jurisdiccional sustantiva del investigado, en su dimensión de resoluciones fundadas en derecho; e c) Inseguridad jurídica en su manifestación de impredictibilidad en las resoluciones judiciales; lo que a su vez dio ocasión a la necesidad de proponer la normativa dirigida a regular la condición jurídica del funcionario de hecho, en los delitos cometidos por funcionarios públicos, con la finalidad de dar una alternativa de solución a la problemática vigente.
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